lunes, 1 de febrero de 2010

RESTITUCIÓN DE BIEN INMUEBLE USURPADO POR PARTICULAR (OCUPACIÓN DE HECHO)

Esta acción, tiende a que sea restituida, al legitimo propietario, un inmueble, que por via de hecho, ha sido ocupada por un particular,sin el consentimiento de su propietario, el funcionario competente, para avocar esta accion policiva, es el inspector de Policía de la jurisdicción correspondiente, acorde a lo previsto en la sentencia C-241 del 10 de Abril del 2.010, leer en el Blog, lo expuesto en relación a esta accion policiva.

No hay comentarios:

Publicar un comentario